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Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF

Mediante el Decreto 639 de 2020 se creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal – PAEF, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020.

 

Por: Ginna Andrade Arias

Correo: gandrade@enlaw.pro

¿Qué es el PAEF?

Es un programa social del Estado que otorgará al beneficiario un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, y hasta por tres veces, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las personas jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2020
  2. Registro mercantil renovado en el 2019
  3. Haber registrado reducción de sus ingresos en un 20%
  4. No haber recibido el beneficio, el aporte del PAEF, en tres ocasiones
  5. No estar obligado a restituir el aporte por: uso indebido, no cumplimiento de requisitos o falsedad
¿Cuál es el valor del aporte?

El valor del aporte corresponde al 40% de un SMMLV por cada empleado. Se entiende que el número de empleados corresponde al menor valor, calculado entre:

  1. El número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020
  2. El número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto de este programa

Se entiende por trabajadores dependientes los relacionados en la planilla PILA que registran un ingreso base equivalente a un SMMLV.

¿Cuál es el procedimiento para la Solicitud del Aporte?

La solicitud del aporte PAEF se realizará ante las entidades financieras con los siguientes documentos:

  1. Solicitud firmada por el representante legal
  2. Certificado de existencia y representación legal
  3. Certificación firmada por representante legal y revisor fiscal o Contador, según corresponda, en la que se certifique:
    • El número de empleos que se mantendrán en el periodo de la solicitud del aporte.
    • La disminución de ingresos
    • Que los recursos serán destinados para el pago de salarios
¿Cuál es la vigencia del PAEF?

El programa estará vigente por los meses de mayo, junio y julio de 2020. Los beneficiarios solo podrán solicitar un aporte por mes.
Excepcionalmente, los beneficiarios de los créditos para nómina garantizadas del Fondo Nacional de Garantías podrán solicitar el aporte PAEF por un máximo de tres veces, hasta agosto de 2020.

¿Cuál es la Forma de Pago?

El pago del aporte PAEF, se realizará mensualmente dentro de la vigencia del programa a los beneficiarios que cumplan con los requerimientos.

¿En qué casos se debe restituir el Aporte PAEF?

El aporte deberá ser restituido por parte del beneficiario cuando:

  1. El dinero no sea utilizado para el pago de salarios
  2. Cuando el beneficiario no cumple con los requisitos
  3. Cuando se comprueba que existió falsedad en los documentos presentados
  4. Cuando el aporte fue superior al efectivamente utilizado
Fuentes